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15 septiembre 2010

Tema

La Comisión Europea presenta nuevas normas para reducir los riesgos de los mercados de derivados financieros...

En la actualidad, los poderes que tienen los supervisores nacionales para restringir las ventas a corto varían mucho de un Estado miembro a otro. Por ello, Bruselas propone dar a los reguladores nacionales poderes claros para prohibir temporalmente, hasta tres meses con posibilidad de prórroga, las ventas a corto de cualquier instrumento financiero. Las prohibiciones estarán coordinadas por la nueva autoridad bursátil europea que se pondrá en marcha el 1 de enero de 2011.
Además, la nueva autoridad bursátil, pendiente de ratificación por parte de la Eurocámara a finales de mes, también tendrá potestad para prohibir estas operaciones en todo el territorio comunitario.
Si el precio de un instrumento financiero cae bruscamente durante un día, los reguladores nacionales tendrán además poderes para restringir las ventas a corto en ese instrumento hasta el final del siguiente día para ralentizar las caídas.
Bruselas propone además dar más transparencia a este mercado, ya que en la actualidad resulta difícil para participantes y reguladores saber qué valores se están vendiendo a corto y su importancia global. Para ello, obligará a los inversores que apuesten a la baja más del 0,2% del capital de una compañía a notificarlo a los reguladores, y también deberán informar al mercado cuando sus posiciones cortas superen el 0,5%.
También deberán informar a los reguladores de las ventas a corto de deuda pública, incluidas las obtenidas a través de CDS a partir de determinados umbrales, que se fijarán dependiendo de la situación en cada Estado miembro. De esta forma, los reguladores podrán detectar más fácilmente posibles riesgos para la estabilidad de los mercados de bonos.
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